EDUCACIÓN

Una de las bases
para la descripción del derecho a la educación en la nueva Constitución debiese tomar como base los principios elaborados en la Ley General de Educación y la Ley de Inclusión (Diario Oficial de la República de Chile, 2015) con la perspectiva de garantizar la educación escolar obligatoria a todas y todos, y al mismo tiempo, fortalecer el acceso, cobertura y calidad de la educación parvularia, básica, media y post secundaria en el país, concibiendo la educación como un proceso que ocurre a lo largo de la vida.
 

Para fortalecer el derecho a la educación en una Nueva Constitución se requiere considerar tres puntos fundamentales: Un Estado que garantice no solo la gratuidad y obligatoriedad de los niveles de enseñanza parvularia, primaria y secundaria, sino que avance en otros principios ya expuestos en la Ley General de Educación y/o Ley de inclusión. Un Estado que garantice la provisión mixta de la educación, asegurada a través de la preeminencia de la educación pública como una experiencia social común a todos y todas en equilibrio con la libertad de instaurar diferentes proyectos educativos que respondan a las preferencias de las familias. Y un Estado que garantice mecanismos de diálogo que, frente al déficit de los órganos administrativos y legislativos, permitan al poder judicial comunicar y juzgar cuando exista una vulneración al derecho a la educación, en las facetas o ámbitos que la Convención Constitucional defina como pertinentes.