ESTADO SOCIAL

DEMOCRÁTICO DE DERECHO

Una convivencia social armónica

requiere reducir las dramáticas brechas entre los estratos socioeconómicos más privilegiados y los más desventajados, lo cual requiere que los grupos especialmente vulnerables descritos en este documento sean parte de las discusiones en pos de la Nueva Constitución, y puedan ocupar un lugar dentro de esta nueva carta magna. 

Una constitución inspirada en los principios que emanan del marco de los derechos humanos, puede nutrirse aludiendo explícitamente a la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su preámbulo, lo cual permea el resto de su contenido y orienta su interpretación por parte de actores del poder legislativo y del poder judicial. Asimismo, resulta fundamental incorporar los principios elementales de todo sistema político democrático (como la separación de poderes o el Estado de Derecho, por ejemplo), junto con principios específicos para dotar de sentido a la declaración de derechos. Sobre esto último, la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la no-discriminación, la solidaridad, y la justicia social corresponden a principios extensamente incorporados en constituciones de muchos otros países, que actúan como pilares sobre los cuales se erige toda interpretación de las normas constitucionales. Una Constitución inspirada en estos principios facilitaría el desarrollo de políticas sociales más integrales, basadas en estándares de calidad que responden efectivamente a las necesidades de distintas poblaciones objetivo, y con la capacidad de propiciar y fortalecer el sistema de protección social en Chile.